Economía

APERTURA ENERGÉTICA

Por Teodoro Rentería Arróyave

Relevante en la nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es la apertura sobre los contratos con particulares en materia energética.

 

El Capítulo V, De las obligaciones específicas en materia energética, ordena en su Artículo 83. Adicionalmente a la información señalada en el artículo 70 de esta Ley, los sujetos obligados del sector energético deberán garantizar la máxima transparencia de la información relacionada con los contratos, asignaciones, permisos, alianzas, sociedades y demás actos que el Estado suscriba u otorgue a particulares, empresas productivas del Estado, subsidiarias y filiales o que se celebren entre ellos en materia de las actividades de planeación y control del sistema eléctrico nacional; del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica; de exploración y extracción de hidrocarburos, a través de mecanismos que garanticen su difusión y la consulta pública, por lo que deberán incluir, cuando menos, las bases, reglas, ingresos, costos, límites de costos, contraprestaciones, contribuciones y pagos realizados y de los procedimientos que se lleven a cabo para tal efecto.

A continuación agrega: Lo anterior, de conformidad con las obligaciones de transparencia previstas en la Ley Federal y lo dispuesto en las leyes de Hidrocarburos; de la Industria Eléctrica; de Ingresos sobre Hidrocarburos; de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; de Petróleos Mexicanos y de la Comisión Federal de Electricidad, en esta materia.

 

Las críticas se fundamentan en estos temas energéticos, sobre la disyuntiva entre confidencialidad y transparencia. Los diputados de oposición consideraron que no está claro si en solicitudes de información sobre temas de energía va a haber confidencialidad en los contratos con particulares o se transparentará el tema.

 

Agregan: “Con respecto al artículo 83 de esta ley en materia de transparencia energética, la norma es retórica al no prever el supuesto conflicto con las leyes secundarias en materia energética. Es decir, no queda claro si prevalecerá la Ley General de Transparencia o las leyes y reglamentos en materia de energía”, indicó el perredista José Luis Esquivel.

 

Sin embargo la ley clarifica la obligación de Petróleos Mexicanos, PEMEX y del Gobierno a transparentar los tratos que establezca con privados en materia de hidrocarburos. Es sin duda, una apertura energética. CONTINUARÁ.

 

Periodista y escritor; Presidente del Colegio Nacional de Licenciados en Periodismo, CONALIPE; Secretario de Desarrollo Social de la Federación Latinoamericana de Periodistas, FELAP; Presidente fundador y vitalicio honorario de la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, FAPERMEX, y miembro del Consejo Consultivo permanente del Club Primera Plana. Agradeceré sus comentarios y críticas en [email protected][email protected] Nos escuchamos en las frecuencias en toda la República de Libertas Radio. Le invitamos a visitar: www.felap.info, www.ciap-felap.org, www.fapermex.mx, y www.clubprimeraplana.com.mx nos escuchamos en todas las frecuencias de Libertas Comunicación en toda la República

 

 

 

Leave a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*