Política

Juzgados deberán realizar la prueba de paternidad

  • Diputados proponen adición al Código Federal de Procedimientos Civiles
  • Se protegería el interés superior de la niñez y el derecho a la alimentación, salud, vivienda y educación

México, Mar. 06.- La Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia refiere que el 67.5 por ciento de las madres solteras no recibe pensión alimenticia; 3 de cada 4 hijos de padres separados no reciben pensión alimenticia; en el 91 por ciento de los casos los acreedores son hijos; en el 8.1 por ciento son esposa y los hijos, y el 0.9 por ciento son los hijos y esposo.

La diputada Rosalba Valencia Cruz planteó adicionar un párrafo al artículo 145 del Código Federal de Procedimientos Civiles, para que en los juicios de reconocimiento, desconocimiento y contradicción de paternidad, el juzgador, atendiendo al interés superior de la niñez, pueda disponer que la prueba pericial en genética molecular se realice a cargo del órgano jurisdiccional.

Ello, siempre y cuando se acredite con un estudio socioeconómico elaborado por autoridad competente, que la parte oferente carece de recursos económicos, añade la iniciativa que analiza la Comisión de Justicia.

Esta disposición, precisa, permitirá, como medida provisional, proteger los derechos fundamentales de la niñez, como son: alimentación, salud, vivienda y educación, incluyendo su sano esparcimiento, desde el momento que la autoridad conozca la situación en que se encuentra el menor o el interdicto.

La también presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia refiere que el 67.5 por ciento de las madres solteras no recibe pensión alimenticia; 3 de cada 4 hijos de padres separados no reciben pensión alimenticia; en el 91 por ciento de los casos los acreedores son hijos; en el 8.1 por ciento son esposa y los hijos, y el 0.9 por ciento son los hijos y esposo.

Argumenta que las estadísticas concluyen que a pesar de que la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en estado de interdicción, se encuentra establecida en la Constitución, en diversas leyes, convenios y acuerdos internacionales, aún hace falta legislar para hacer que estas disposiciones sean una realidad cotidiana, principalmente en los tribunales de justicia, en donde se tratan asuntos en materia de alimentos.

“Es obligación de los tres poderes de gobierno, salvaguardar el interés superior de la niñez, y por lo tanto crear y reformar leyes acordes a las necesidades que vayan surgiendo conforme a la evolución de la sociedad y por ende nuevas problemáticas, ya que no es lo mismo las situaciones que se vivían hace 30 años a las de la actualidad”, indicó.

La diputada Valencia Cruz relata que dentro de un juicio de investigación de paternidad, los avances científicos son favorables, ya que por medio de pruebas genéticas se permite, con un elevado porcentaje de certeza, determinar si existe o no la relación de filiación entre dos personas.

Sin embargo, añadió, en muchas ocasiones cuando se presenta este tipo de problemáticas en donde se les solicita una prueba de ADN, algunas veces no se cuenta con los recursos económicos, siendo las personas de escasos recursos quienes en ocasiones deciden no llevarla a cabo, “dejando a la deriva la situación legal”.

De ahí, que considera necesario establecer mecanismos legales ágiles que permitan que los jueces otorguen el acceso a ese derecho de forma inmediata, y tengan por asegurado el respeto de las garantías individuales, y que no sea hasta que exista una resolución judicial, “ya que durante el lapso que se dicte sentencia, pueden tener problemas de salud, alimenticios o diversas necesidades escolares”.

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