Política

APRUEBAN LEGISLADORES CAMBIOS EN LA INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO DE IGISPEM

  • Se integran como vocales el Centro de Control de Confianza y la Secretaría de Salud del gobierno estat0323a

 

Con el propósito de fortalecer la vigilancia y supervisión, de manera objetiva e imparcial, de los elementos de seguridad pública, de procuración de justicia, sistema penitenciario y otras dependencias del ramo a nivel estatal, la 59 Legislatura mexiquense aprobó, por unanimidad, incorporar al Centro de Control de Confianza y a la Secretaría de Salud como vocales del Consejo Directivo de la Inspección General de las Instituciones de Seguridad Pública del Estado de México (IGISPEM).

De acuerdo con el dictamen aprobado en sesión del Segundo Periodo Ordinario, presidido por el diputado Raymundo Martínez Carbajal (PRI), y cuya lectura correspondió al legislador José Antonio López Lozano (PRD), las reformas al artículo séptimo transitorio y la derogación del párrafo segundo del artículo dos de la ley que crea este organismo, ambas dependencias sustituyen como integrantes del Consejo a la Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM) y a la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana (CESC), al ser susceptibles de inspección.

También avalaron la reserva propuesta por el diputado Javier Salinas Narváez (PRD) a la fracción cuarta del artículo sexto de este ordenamiento, para establecer que las cuatro vocalías sean ocupadas de manera correspondiente, por un representante de la Secretaría de Finanzas, uno del Centro de Control de Confianza, uno de la Secretaría de Salud y un representante de la Consejería Jurídica.

Por su parte, el diputado Marco Antonio Ramírez Ramírez (Morena) expresó que su grupo parlamentario está de acuerdo con el dictamen correspondiente a la iniciativa del titular del Ejecutivo estatal, especialmente en lo referente a las vacantes del consejo, toda vez que obedecen a una lógica administrativa y de gestión pública.

Sin embargo, señaló que, en el caso de la derogación del segundo párrafo del artículo dos de la ley, la exposición de motivos no guarda relación con su contenido.

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