Política

LA CDHDF emite la recomendación 17/2016, donde exige garantizar derechos y prestaciones de policías auxiliares

Dra. Perla Gómez, presidenta de la CDHDF presentó la recomendacion-17_2016 doctora-perla

 

Por: Alberto Vega Vieyra •

México, Dic. 15.-La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) emitió la Recomendación 17/2016 a la Secretaria de Seguridad Pública de la Ciudad de México (SSPCDMX) –como autoridad responsable-, por agravios a Policías Auxiliares relacionados con el otorgamiento de servicios y prestaciones de seguridad social. Esta es  la primera ocasión en la que el Derecho a la Seguridad Social se impulsa por parte de un Organismo Público de Derechos Humanos, a través de una Recomendación.

 

En la presentación, la Presidenta de este Organismo, Doctora Perla Gómez Gallardo, enfatizó que siempre se exige a las y los agentes de la Policía cumplir cabalmente con el respeto a los derechos humanos durante el ejercicio de sus funciones, por lo que es imperante que se respeten y garanticen sus derechos y prerrogativas, como ciudadanos y personas que trabajan al servicio del Estado.

 

“Las y los Policías Auxiliares merecen tener la certeza jurídica de que al momento de sufrir un riesgo de trabajo o padecer alguna enfermedad que se haya desencadenado con motivo de sus propias actividades laborales, encontrarán un respaldo”, subrayó.

 

Por ello, dijo, se les debe garantizar el pago de sus prestaciones económicas, el acceso a una buena atención médica, a un debido tratamiento, a obtener una justa pensión por sus servicios brindados, al seguro institucional que les corresponda, a ser valorados en los términos establecidos por la normatividad y, principalmente, a ser dictaminados con condiciones objetivas de acuerdo a sus padecimientos, erradicando  prácticas estructurales arbitrarias, sin fundamento legal, que únicamente violan sus derechos humanos.

 

La Ombudsperson capitalina explicó que la Recomendación 17/2016 también fue dirigida a la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar (CAPREPA) como autoridad responsable y a la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, en su calidad de autoridad colaboradora.

 

Indicó que los derechos humanos violados fueron: Derecho al trabajo, Derecho a la seguridad social en relación al Derecho a la seguridad jurídica, y al Principio de legalidad.

 

La Doctora Perla Gómez Gallardo explicó que se investigaron 27 expedientes de queja donde se visibiliza la problemática relacionada con la inadecuada normatividad que rige la actuación de la CAPREPA, para el otorgamiento de servicios y prestaciones de seguridad social a favor de las y los Policías Auxiliares.

 

La CDHDF documentó, a través de la Quinta Visitaduría General, que servidores públicos de la CAPREPA omitieron reconocer las enfermedades profesionales o de trabajo de las personas Policías Auxiliares, sin considerar las labores que desempeñan e incluso el equipo de trabajo que utilizan.

 

Señaló que de igual forma se comprobó que las propias Reglas de Operación del Plan de Previsión Social de los Miembros de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, son las que propician la actuación discrecional de las autoridades de la CAPREPA.

 

“Personal de la CAPREPA y de la Policía Auxiliar contravienen las referidas Reglas de Operación al emitir los dictámenes técnicos fuera de los plazos previstos en la normatividad aplicable, con lo que causan un perjuicio a las personas Policías Auxiliares en el otorgamiento de las prestaciones de seguridad social y les ocasionan una afectación en el pago de su salario”, indicó.

 

Una de las conductas atribuibles a la Policía Auxiliar, dijo, es la omisión o dilación para dar aviso a la CAPREPA de los accidentes de trabajo sufridos por las y los elementos de esa corporación, lo que ocasionó que no se les reconocieran los riesgos de trabajo y no se les pagaran sus prestaciones económicas.

 

La Presidenta de la CDHDF consideró que las personas que laboran como Policías Auxiliares carecen de certeza jurídica respecto de sus derechos a la seguridad social y al trabajo, porque dicha situación impacta necesariamente en la realización de otros derechos.

 

Enfatizó que es indispensable que las personas que laboran como Policías Auxiliares gocen de todos los derechos y garantías laborales y sociales, que la Constitución y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos les reconocen.

 

Al respecto, resulta preocupante para la CDHDF que hasta el momento las y los Policías Auxiliares sigan experimentando las mismas problemáticas respecto de sus derechos a la seguridad social y al trabajo, sobre todo cuando el Gobierno de la Ciudad de México reconoce a la seguridad pública como una prioridad para el beneficio de sus habitantes.

 

La Doctora Perla Gómez Gallardo recordó que el pasado 17 de noviembre, la CDHDF emitió la Recomendación 13/2016 a la SSPCDMX, a la Oficialía Mayor del Distrito Federal y a la CAPREPA, por la deficiente atención médica que se brindaba a algunos Policías Auxiliares.

 

Destacó que es la primera ocasión en la que el Derecho a la Seguridad Social se impulsa por parte de un Organismo Público de Derechos Humanos, a través de una Recomendación.

 

La CDHDF formuló dos puntos recomendatorios a la Secretaría de Seguridad Pública y seis puntos a la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar. De igual forma dirigió dos puntos a la Oficialía Mayor de la Ciudad de México.

 

En los puntos recomendatorios destaca la revisión y modificación a las Reglas de Operación del Plan de Previsión Social de los Miembros de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, en la que contempla la  incorporación de la definición de enfermedad profesional o de trabajo, definición de conceptos de recalificación y redictaminación, así como un mecanismo de supervisión y monitoreo constante que garantice el cumplimiento de las Reglas por parte de CAPREPA y de la Policía Auxiliar.

 

Durante la presentación de la Recomendación 17/2016, la Ombudsperson capitalina estuvo acompañada por el Quinto Visitador General de la CDHDF, Maestro Horacio Toledo Martínez; la Directora Ejecutiva de Seguimiento, Licenciada María José López Lugo; y el integrante de la Dirección Ejecutiva de Vinculación Estratégica, Maestro Juan Alberto Varela Márquez.

 

La Recomendación 17/2016 se puede consultar íntegramente en la siguiente dirección electrónica:

http://cdhdf.org.mx/wp-content/uploads/2016/12/reco_1716.pdf

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