Política

Secretaría del Trabajo vulnera los derechos laborales del gremio minero

Carlos Pavón, secretario general del SNMMFrente

*Trabajadores del sindicato minero exigen respuestas inmediatas a las injusticias en contra de su agrupación.

 *En total desacuerdo el SNMM  FRENTE, por la intervención del Subsecretario del Trabajo, Alejandro Salafranca, de la mina Cosalá, Sinaloa al influir en las decisiones del grupo de inversionistas.

México, Abril 08.- Las imposiciones del Subsecretario  Alejandro Salafranca Vázquez, titular de la Unidad de Trabajo Digno de la Secretaría Federal del Trabajo hacia los empresarios de Americas Gold and Silver para designar a Napoleón Gómez Urrutia como representante de los trabajadores en la mina San Rafael, en Cosalá, Sinaloa, trasgrede los acuerdos del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (T-MEC), hecho inadmisible que atenta contra los legítimos intereses del Sindicato Nacional Minero Metalúrgico FRENTE (SNMMFRENTE) titular del contrato colectivo que rige las relaciones patronales con la minera.

Ante ese hecho es impostergable la destitución del funcionario, ante el evidente conflicto de interés que ha generado al interferir las relaciones obrero-patronales al pretender imponer a Napoleón Gómez Urrutia como representante de estos trabajadores, denunció Carlos Pavón Campos, secretario general del SNMMFRENTE

Recordó que estas prácticas han creado un conflicto que va más allá de lo patronal, al pretender imponer «a como dé lugar» al controvertido senador como representante de los trabajadores, en la mina San Rafael, en Cosalá, de manera ilegal e injusta, como fue la agresión que golpeadores de «Napo» efectuaron el pasado 26 de enero de 2020, con el objetivo de desestabilizar el organismo, ataque que en su momento fue denunciado por el Sindicato Nacional Minero Metalúrgico FRENTE.

Subsecretario Alejandro Salafranca Vázquez

“Esa intromisión es un acto violatorio al estado de derecho y a la autonomía sindical”, apuntó Carlos Pavón Campos, Secretario General del FRENTE, y cuya organización sindical disputa la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo en aquella mina.

Actos que en nada han beneficiado a los trabajadores de aquella zona de Sinaloa, golpeadores encabezados por Yasser Beltrán cerraron la mina ilegal e injustamente, es por ello que existen 16 denuncias penales por despojo y otros delitos.

Como es bien sabido desde enero de 2020, la mina –cuya concesionaria es Americas Gold and Silver–ha sido saqueada y devastada por este grupo que se hacen pasar por mineros.

A un año tres meses de parar operaciones por motivos que nada tienen que ver con cuestiones laborales, cientos de trabajadores han perdido su empleo dejando sin sustento a sus familias.
“Ni la empresa ni nuestro sindicado y mucho menos los trabajadores han tenido que ver en el cierre de la mina, ese es un acto ilegal a todas luces por parte de esos golpeadores, y del que Napo busca un beneficio propio en todos los aspecto, desde el transporte a la mina, en todo”, apuntó Pavón Campos.
El también diputado federal, dio a conocer que por estos hechos ilegales, el FRENTE tiene en su poder un amparo por las irregularidades ocurridas durante el recuento por la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo.

Por todos los medios la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), máxima autoridad laboral en el país, en un acto de abuso de poder sigue tratando de manipular esos Intereses intentando persuadir de mala fe a la empresa y al FRENTE para que desistan de sus denuncias.
“Hoy la STPS de la mano de Alejandro Salfranca, viola por completo la Ley del Federal del Trabajo, y los acuerdos internacionales pactados en el TMEC al interferir y tratar de imponer a fuerza de intimidación a un líder sindical ligado a sus intereses partidistas”, subrayó Pavón Campos.
Por ello, hizo un llamado a la Secretaria del Trabajo, Luisa María Alcalde Luján, para que no sólo corrija sino que destituya a dicho funcionario por violar, a nombre de la dependencia a su cargo, la recién reformada Ley del Trabajo, misma que supuestamente garantiza la libertad sindical y la no intromisión de las autoridades en temas sindicales. 

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