Educacion

Escuelas particulares renuncian al grupo de trabajo para la elaboración del Proyecto de Norma Oficial Mexicana “PROY-NOM-237-SE-2020”

* • Cinco Asociaciones con representatividad en todos los niveles educativos y en toda la República Mexicana, sostenemos que el proceso para la elaboración de la NOM 237 es autoritario, parcial y poco transparente

• Advertimos que la NOM-237 generará sobrerregulación, creando un negocio millonario para unas cuantas empresas certificadoras, afectando los bolsillos de las familias y desapareciendo a las escuelas particulares más pequeñas

México, Ago 11.- Las Organizaciones representantes de Escuelas Particulares, Alianza de Colegios Multiculturales de México (ACOMM); Alianza para la Educación Superior (ALPES); Asociación Nacional de Escuelas Particulares (ANFE – ANEP); Asociación Nacional de Escuelas Preparatorias Particulares Incorporadas a la SEP (ANEPPI); y la Confederación Nacional de Escuelas Particulares (CNEP), abandonaron  el Grupo de Trabajo para la elaboración del proyecto de Norma Oficial Mexicana “PROY-NOM-237-SE-2020” por considerar lo siguiente:

El proyecto de Norma Oficial Mexicana “PROY-NOM-237-SE-2020” elaborado por la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, que tiene por objetivo regular los servicios que brindan las escuelas particulares para evitar que abusen o efectúen cobros excesivos sin aparente justificación. En respuesta a ello María de Jesús Zamarripa Guardado, presidenta de la Confederación Nacional de Escuelas Particulares A.C. (CNEP); Ludwig Johannsen Mehner, director Ejecutivo de la  Alianza de Colegios Multiculturales de México, AC;3. María Luisa Flores Del Valle, presidenta de la Alianza para la Educación Superior (ALPES);  Graciela Meza Díaz, presidenta de la Asociación Nacional de Escuelas Preparatorias Particulares Incorporadas a la SEP (ANEPPI) y Alfredo Villar, presidente de la Asociación Nacional de Escuelas Particulares (ANEP) y ANFE (Asociación Nacional del Fomento Educativo), rechazaron proseguir en ese grupo oficial.

En conferencia asentaron que el proceso de creación de la NOM 237, dista mucho de ser “participativo”, “inclusivo” y “de atención e incorporación” de las preocupaciones de quienes prestan los servicios educativos desde instituciones particulares.

“Los representantes del Gobierno Federal que participan en este proceso: la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), la Secretaría de Economía y el Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE), así como asesores externos del gobierno, han marginado la participación de quienes representamos a instituciones particulares; han coartado nuestra libertad de expresión, haciendo uso hostil e intransigente de su calidad de “autoridad”; y han restringido la posibilidad de diálogo cuando se expresa algo contrario a lo que es su interés escuchar, hasta el punto de “expulsar” sin razón o justificación, a representantes de las escuelas particulares, y haciendo gala del autoritarismo cancelándoles la transmisión”.

A todo esto, se suman las irregularidades procedimentales, pues al término de cada una de las sesiones plenarias que se han desarrollado, no se han compartido las minutas y la autoridad insiste en denominarlas como “acuerdos”, a pesar de no serlo porque no han permitido incluir la posición de las organizaciones particulares

“No queremos dejar de señalar que para participar en las reuniones de trabajo fuimos obligados a firmar un convenio de confidencialidad y un código de ética que nos amordaza para no compartir abiertamente todas las irregularidades inherentes a la NOM-237 y que han sido expuestas por todas las asociaciones, organizaciones, federaciones e instituciones, tanto en los comentarios enviados en respuesta a la consulta pública, así como en el Grupo de Trabajo”.

En lo que toca a los temas de fondo, es importante señalar que la prestación de servicios educativos, está claramente normada en la Ley General de Educación (LGE) y la Ley General de Educación Superior (LEGS), cuyo cumplimiento es responsabilidad de la Secretaría de Educación Pública (SEP). En consecuencia, la Secretaría de Economía (SE) y la PROFECO carecen de facultades para emitir normas en materia educativa.

Es decir, toda supervisión y sanciones que cometan las instituciones educativas particulares están estipuladas en la Ley General de Educación. Por lo tanto, no tienen por qué duplicar supervisiones ni sanciones a través de una norma emitida por una autoridad que carece de facultades y que la Ley de Protección al Consumidor le prohíbe.

En conclusión, las organizaciones educativas particulares congruentes con sus convicciones y comprometidos con la educación, tomaron la decisión de abandonar dicho Grupo de Trabajo para seguir enfocando sus esfuerzos en impartir educación y preparar el regreso a clases en puerta.

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