Política

Llama Cristina Díaz a revisar tipificación del delito de desaparición forzada en estados

 

Pide legislaciones locales acordes con tratados y convenios internacionales ratificados por México en esta materia.

  • Debido a la inacción por parte de las autoridades, las personas desaparecidas jamás son liberadas y la verdad detrás de estos hechos nunca llegue a esclarecerse, afirma.

 

La desaparición forzada de personas es uno de los delitos que más lastiman a la sociedad y es vital que los estados de la República, además de comprometerse a tipificarlo, aseguren que todas las denuncias se investiguen exhaustivamente, independientemente de quién o quiénes sean los autores, manifestó la senadora Cristina Díaz Salazar.

 

Dijo que en las entidades federativas la desaparición forzada todavía no es vista como un delito autónomo, y por lo tanto, se considera en algunos casos como abuso de autoridad, detención arbitraria, delitos contra la administración de justicia, o incluso, secuestro.

 

Esta situación, subrayó la legisladora del Partido Revolucionario Institucional, resulta preocupante porque la severidad de la pena no es la apropiada, además de que no se da el tratamiento especial que merecen las víctimas directas e indirectas y por las graves consecuencias que genera en la sociedad esta práctica.

 

Refirió que son cinco los estados que aún no contemplan el delito de desaparición forzada en su código penal: Baja California Sur, Estado de México, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán.

 

Además, agregó, son varios los que contienen en sus códigos locales un tipo penal deficiente que no va acorde a los estándares internacionales en la materia.

 

Por ello, propuso hacer un exhorto a los estados para que revisen los tipos penales de desaparición forzada de personas, y en caso de ser necesario, realicen las modificaciones correspondientes para que su legislación penal esté de acuerdo con los tratados y convenios internacionales firmados y ratificados por el Estado mexicano en esta materia.

 

Asimismo, sugirió pedir a los gobiernos locales que establezcan una fiscalía especializada encargada de realizar la investigación y persecución de esta conducta.

 

Díaz Salazar también planteó que se haga un llamado a las autoridades de los estados y del gobierno federal para que en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública elaboren y desarrollen protocolos estandarizados de actuación e investigación de desaparición forzada, donde se inicie de manera inmediata y exhaustiva las indagatorias.

 

Comentó que el grupo de Expertos de la Organización de las Naciones Unidas ha señalado que “aún en aquellas entidades en donde se ha tipificado el delito, se emplean definiciones incompletas, en las que no se contempla la posibilidad de que las desapariciones sean cometidas por grupos criminales, bajo auspicio de las autoridades.”

 

Pero el problema –destacó– no sólo recae en la ausencia de tipificación o su tipificación incorrecta, en muchos casos reside en la falta de voluntad de las autoridades para iniciar la investigación de hechos presumiblemente constitutivos de este delito.

 

Dijo que organizaciones como Amnistía Internacional y Human Rights Watch han señalado casos en los que familiares de las víctimas reciben respuestas por parte de la autoridad en la que justifican la decisión de no emprender investigaciones y para inhibir a los familiares.

 

También han denunciado que es común que los agentes del Ministerio Público y funcionarios de Seguridad Pública no inicien una búsqueda oportuna ni exhaustiva de personas desaparecidas ni investiguen a los responsables, pues en muchos casos sugieren que las víctimas tienen la culpa de lo sucedido e indican a los familiares que son ellos quienes tienen la responsabilidad de investigar.

 

Resulta lamentable y muy frecuente que derivado de esta inacción por parte de las autoridades, las personas desaparecidas jamás sean liberadas y que la verdad detrás de estos hechos nunca llegue a esclarecerse, sus familias y amistades en muchos casos jamás llegan a saber la verdad, enfatizó.

 

El punto de acuerdo se remitió a la Comisión de Derechos Humanos para su análisis y dictamen correspondiente.

 

 

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