Política

Pronto reformas en materia de vida silvestre, recursos naturales y contaminación

  • También revisa diversos puntos de acuerdo relativos a tala de bosques y manglares
  • Se busca definir la comercialización de ejemplares y cómo se realizaría 

México, Jul. 31.-La Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, que preside el diputado Roberto Antonio Rubio Montejo, avanzó en el análisis de diversos dictámenes a iniciativas y puntos de acuerdo relativos a la vida silvestre, aprovechamiento de recursos naturales y contaminación de ecosistemas costeros.

En reunión virtual, diputadas y diputados expresaron sus comentarios a la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre, con el objetivo de definir a la comercialización como la actividad de distribución y enajenación de ejemplares, partes o derivados de vida silvestre, como la importación, exportación o reexportación que realiza cualquier persona física o moral.

Asimismo, que corresponde a la Federación la creación, inscripción, suspensión o revocación del registro del comercializador de ejemplares, partes o derivados de la vida silvestre. La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) inscribirá en el registro correspondiente a los interesados en la comercialización de ejemplares, partes o derivados de la vida silvestre.

Detalla que el comercializador inscrito deberá presentar ante la Semarnat un informe anual de sus ventas, incluyendo la documentación que ampare la legal procedencia, posesión, permisos de importación o aprovechamiento, datos del comprador y de los ejemplares, partes o derivados de la vida silvestre que haya comprado o vendido. La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente realizará inspecciones periódicas en las instalaciones de los comercializadores.

Indica que cuando un comercializador de ejemplares, partes, derivados, productos o subproductos de vida silvestre incumpla algunas de las disposiciones, se deberá revocar su inscripción en el Registro de Comercializadores y será sancionado.

Intervención de diputadas y diputados

La diputada Rosa María Bayardo Cabrera (Morena), promovente de la iniciativa, señaló que en la Ley General de Vida Silvestre existen por lo menos 30 disposiciones que hacen referencia a actos de comercialización de ejemplares de vida silvestre, y que hay huecos en la legislación que ocasionan el comercio ilegal.

Precisó que existe maltrato y hacinamiento de animales porque la Semarnat no tienen una herramienta “para decir quién sí puede comercializar y quién no porque solamente está el concepto de comercialización, mas no qué requisitos se deben tener”.

En tanto, la diputada Silvia Guadalupe Garza Galván (PAN) señaló que la mayoría de las infracciones de los procedimientos administrativos en materia de vida silvestre son por la comercialización ilegal. Propuso modificar el artículo 104 de la Ley General de Vida Silvestre e incluir que a las personas que se encuentren en el padrón de los infractores no se les darán autorizaciones de comercialización. 

El diputado Armando González Escoto (Encuentro Social) reconoció que la iniciativa tiene una buena intención para regular la comercialización previendo el tráfico ilegal de especies. Sin embargo, destacó que no sólo se comercializan especies animales, sino también variedades vegetales, por lo que consideró necesario incluir a quienes de manera independiente y específica solicitan permisos y comercializan.

De la misma forma, la diputada Irma Juan Carlos (Morena) destacó la importancia de incorporar el término de comercialización en la legislación y estimó necesario acotarlo a fin de que se respeten las leyes vigentes.

La diputada Adela Piña Bernal (Morena) comentó que en la parte en donde se expone que el concepto de comercialización es la actividad de distribución y enajenación de ejemplares, partes o derivados, es necesario enfatizar que vida silvestre se refiere a flora y a fauna. “Que quede bien especificado porque todo lo demás está claramente definido”.

De la misma bancada, la legisladora Nayeli Arlen Fernández Cruz indicó que “la propuesta establece un registro para tener más control” y se pronunció a favor. Consideró que “se debe cuidar la redacción para que no parezca que se está incentivando la comercialización, en vez de la protección”.

La diputada Laura Mónica Guerra Navarro (Morena) dijo que las modificaciones son adecuadas, ya que además de incluir el concepto de comercialización se aportan reformas que fortalecen a la Semarnat a llevar un registro de las personas interesadas en realizar actividad de comercialización y las obliga a inscribirse.

También se analizaron tres iniciativas relativas a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, sobre el derribo de árboles y plantas, el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y la contaminación de los ecosistemas costeros.

Estímulos fiscales en materia de desarrollo sustentable

Asimismo, se revisó la iniciativa que reforma el artículo 202 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de estímulos fiscales a los gastos e inversiones en investigación y desarrollo de tecnologías que permitan transitar hacia el desarrollo sustentable, como son los relacionados con el aprovechamiento de recursos naturales, eficiencia energética, generación de energías limpias en los ámbitos agrícola, industrial, de la construcción, transporte y movilidad urbana, prioritariamente.

Incluir a los ecosistemas costeros

Otra iniciativa es para reformar la fracción XI del artículo 5° y la fracción V del artículo 11 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a fin de agregar los ecosistemas costeros en la regulación del aprovechamiento sustentable, protección y preservación de las aguas nacionales, biodiversidad, fauna y los demás recursos naturales de su competencia.

Aprovechamiento sustentable de recursos naturales

Una más reforma la fracción V al artículo 1 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente con el fin de agregar la palabra “protección” a los ámbitos del aprovechamiento sustentable y el de preservación. También propone modificar las fracciones IV y VI del artículo 158 de la misma ley para establecer el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.

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